La nueva NIIF 18 tendrá varios efectos significativos en la auditoría de los estados financieros, los cuales en caso de incumplimiento pueden llevar a calificar su opinión o dictamen. Un recorrido de los cambios que indica la NIIF y de su impacto en el trabajo del auditor se resume a continuación. Uno de los cambios…
La nueva NIIF 18 tendrá varios efectos significativos en la auditoría de los estados financieros, los cuales en caso de incumplimiento pueden llevar a calificar su opinión o dictamen. Un recorrido de los cambios que indica la NIIF y de su impacto en el trabajo del auditor se resume a continuación.
Uno de los cambios fundamentales de la NIIF 18 es la presentación de los ingresos y gastos en el Estado de Resultados en cinco categorías:
Para poder responder a este requerimiento, el auditor en su examen sobre los estados financieros deberá obtener un profundo entendimiento del negocio; así como de las operaciones y transacciones que realiza el ente auditado para estar en capacidad de evaluar los juicios realizados por la gerencia en cuanto a la agrupación y clasificación de los ingresos y gastos en las categorias antes indicadas y luego realizar sus pruebas para determinar que los importes hayan sido cuantificados apropiadamente.
Por otra parte, la NIIF 18 requiere que como parte de la presentación y agrupación de las cuentas en el Estado de Resultados se determinen los siguientes subtotales:
En este sentido, los auditores también deberán asegurarse que los ingresos y gastos hayan sido adecuadamente agrupados y clasificados, de acuerdo con las categorías y subtotales antes indicados.
La Norma exige la revelación de medidas de desempeño definidas por la gerencia, las cuales corresponden principalmente a las estrategias y procedimientos utilizados por la Administración de la Compañía para la obtención de los resultados económicos que se muestran en el Estado de Resultados. Los auditores deben evaluar la exactitud, consistencia, presentación, revelación de estas medidas; así como su conciliación con cada uno de los subtotales especificados por la NIIF 18, esto es: resultados operativos, resultados antes de financiación e impuesto a las ganancias y Resultados netos.
Esto añade una capa adicional de revisión para asegurar que las MPDG sean fiables y útiles para los usuarios de los estados financieros. Una inadecuada revelación en las notas a los estados financieros constituiría una desviación a la NIIF 18 y sería sujeto de calificación en la opinión del auditor. Debemos considerar que tanto la NIC 1 y ahora la NIIF 18 contemplan la emisión y presentación de un juego completo de estados financieros en forma comparativa, el cual comprende:
En este contexto, el auditor no solo examina las cifras presentadas en las cuentas contables de los estados financieros sino también audita las revelaciones efectuadas por la Compañía, verificando su cumplimiento de acuerdo con los lineamientos establecidos por la NIC 1 “Presentación de Estados Financieros”, que a partir del año 2027 será la NIIF 18.
Por efectos comparativos, los cambios en la presentación del Estado de Resultados deberán ser efectuados en forma retroactiva en el año 2026, de conformidad con NIIF 18, NIC 8 ¨Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores¨ y NIC 34 ¨Information Financiera Intermedia¨.
En tal virtud, los auditores deben revisar los cambios realizados en la presentación del Estado de Resultados del año 2026 y asegurarse de que se hayan aplicado en forma consistente con el año 2027 . Además, deben asegurarse de que las políticas contables de la entidad se actualicen y se apliquen conforme a las nuevas disposiciones de la NIIF 18.
Los principales cambios en el estado de flujos de efectivo son los siguientes:
En este tema, el auditor deberá evaluar que el ente auditado haya elaborado y emitido el estado de flujo de efectivo de acuerdo con los parámetros antes indicados.
¿Qué Impacto ocasionaría en la opinión del auditor según NIA 700?
En general, los cambios de la NIIF 18 son de forma y no de fondo, ya que no implican ajustes contables, sino solo presentación y divulgación. Sin embargo, en la actualidad la forma es crucial, puesto que las NIIF requieren que la información a presentar a los usuarios de los estados financieros sea veraz, confiable y completa para su análisis, evaluación y toma de decisiones,
Cabe mencionar que las NIA´s establecen tres tipos de fraude:
En este sentido, la omisión o presentación incorrecta de la información financiera podría considerarse un acto de fraude del tipo de Información Financiera Fraudulenta.
Es crucial que los auditores verifiquen la presentación del Estado de Resultados según la NIIF 18, ya que un error podría distorsionar la utilidad operativa y la utilidad antes de financiación e impuestos a las ganancias, afectando la interpretación de los usuarios. Aunque la NIIF 18 no trata la medición de cifras, se centra en una presentación razonable de categorías y subtotales; así como revelaciones principalmente en lo relacionado con las Medidas de Desempeño Definidas por la Gerencia (MPDG). Cualquier incumplimiento sería considerado como un error significativo que podría llevar a una opinión modificada del auditor según la NIA 700.
Recordemos que de acuerdo con NIA 700 los tipos de opinión son los siguientes:
En este contexto, la omisión, distorsión en la presentación de la información financiera sería considerada por el auditor como una limitación al alcance en su trabajo, lo cual dependiendo de los importes involucrados y del análisis cualitativo de su impacto en los estados financieros tomados en su conjunto, podría ubicar al auditor en UNA OPINIÓN CON SALVEDADES O UNA ABSTENCIÓN DE OPINIÓN.
Whimpper Narváez Salas