El año 2022 viene cargado de cambios en todos los aspectos, uno de estos es el inicio de las operaciones del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares, también conocido como RIMPE, que básicamente viene a sustituir al RISE o Régimen Impositivo Simplificado, con este cambios, también veremos que se incluyen algunas variaciones en las…
El año 2022 viene cargado de cambios en todos los aspectos, uno de estos es el inicio de las operaciones del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares, también conocido como RIMPE, que básicamente viene a sustituir al RISE o Régimen Impositivo Simplificado, con este cambios, también veremos que se incluyen algunas variaciones en las reglas del juego, motivo por el cual, hoy te damos a conocer las nuevas medidas del RIMPE para que no se te escape ningún detalle de tu negocio en este nuevo año que recién está comenzando.
NUEVAS MEDIDAS RIMPE
Tal como lo explican las nuevas medidas del RIMPE, es indispensable que los contribuyentes emitan comprobantes de venta y todo tipo de documentos complementarios, incluyendo liquidaciones de compras o prestaciones de servicios. En este caso, los contribuyentes que se incluyen en la categoría de negocios populares deben emitir notas de venta, siempre y cuando esta norma sea vigente.
En caso de que tu negocio forme parte de la categoría negocios populares pero sus actividades no estén sujetas al RIMPE, es necesario que el contribuyente emita facturas por las transacciones económicas ejecutadas.
En caso de que se presente la situación de que, antes de la adhesión al régimen el contribuyente cuente con registros de comprobantes de venta previos que no fueron utilizados, ya que, se debe tener en cuenta que al ser excluido de este régimen el contribuyente no podrá seguir emitiendo comprobantes de esta forma. Al asociarse al RIMPE la modalidad de emisión de comprobantes y facturas cambia, por lo que no se debe olvidar llevar a cabo este proceso previo a través de los canales electrónicos disponibles para ello.
Es imperativo que, al momento de realizar la afiliación al RIMPE el contribuyente tenga en consideración que de ahora en más debe mantener los documentos que sustentan sus adquisiciones en el establecimiento comercial.
Seguramente te estarás preguntando que sucede en este caso en particular, por ello aclaramos que, si esta es tu situación como contribuyente, igualmente deberás acogerte a las medidas del RIMPE, dado que esta es la alternativa que surge para incluir este tipo de instituciones en las declaraciones semestrales, de acuerdo con las excepciones y aspectos específicos que aplican para este caso.
En el caso de las microempresas, la situación cambia un poco, ya que, estos pequeños negocios que operaban anteriormente bajo el RISE podrán continuar empleando sus comprobantes y documentos, siempre y cuando estos estén autorizados y aún sean vigentes. Posteriormente, se requiere la actualización de los mismos bajo la forma ‘Contribuyente Régimen RIMPE’.
Aquellos contribuyentes calificados que se incluyen en la categoría de negocios populares y que cuenten con facturas vigentes, podrán emitir estos comprobantes hasta que inicie la implementación tecnológica, siempre y cuando los mismos sean emitidos sin desglosar el IVA en aquellas transacciones con consumidores finales.
Como última norma debemos tener en cuenta que, hasta que se realicen los cambios tecnológicos, los contribuyentes que cuenten con comprobantes de venta, retención o documentos complementarios deben informar su pertenencia al momento de adscribirse al régimen, con el fin de verificar los cambios a la leyenda ‘Contribuyente Régimen RIMPE.
Si deseas obtener asesoría sobre el tema, no dudes en contactarnos para acceder a toda la información necesaria respecto al cambio de régimen y las nuevas medidas que se incluyen como parte del RIMPE en concordancia con las reglas establecidas para esta nueva modalidad.